22/10/2022
Tras una extendida audiencia, en la que se atravesaron temas de legalización, captura e imputación. Los cuales, fueron imputados a los detenidos pertenecientes a la comunidad embera, quienes participaron de los disturbios y enfrentamientos con la policía. Asimismo, tras la jornada violenta vivida en Bogotá el pasado miércoles, la Fiscalía resolvió liberar a los detenidos. quienes fueron identificados como Carlos Andrés Murillo Queragama y Guillermo Naticay, ambos implicado en la agresión de varios policías durante la tomas violentas cerca del edificio de Avianca.
Asimismo, la fiscal de la causa estableció que, no existen los elementos legales suficientes para insistir ante el juez de Control de Garantías, la privatización de la libertad de las personas capturadas. Por otro lado estableció que, los ciudadanos no representan ningún peligro para la víctima (el uniformado que resultó herido).
Infiere la Fiscalía que los ciudadanos imputados pueden esperar en libertad las demás etapas procesales que se avecinan en este caso, puede ser a través de las organizaciones a las que pertenecen y de la confirmación del albergue La Rioja; allí se encuentran y pueden ser localizados y que si no fuera así a través de su defensora de confianza se pueden hacer las citaciones para esas demás etapas que se avecinan, establecieron desde la Fiscalía.
No obstante, la fiscal del caso le solicitó al juez tomar las determinaciones a partir del retiro de la solicitud, la cual establecía llevar a los dos detenidos de la comunidad a la cárcel. Ante esto, la delegada decidió que la medida de aseguramiento, en este caso, no era necesaria. Asimismo, la letrada estableció que: Son las motivaciones en este momento de la Fiscalía para retirar esa última solicitud y en su lugar solicitarle que disponga lo pertinente para restablecer el derecho fundamental a los ciudadanos imputados.
Ante la petición, la Procuraduría, el juez de Control de Garantías, designó la libertad inmediata de los emberas detenidos. Asimismo, advirtió: La determinación de la Fiscalía de no solicitar la medida de aseguramiento es correcta, ponderada y se dirige única y exclusivamente a ese expediente que trasladó el ente acusador de forma digital. Son circunstancias que no se pueden esconder o dejar de considerar y que en últimas corresponden con los estándares internacionales para la restricción del derecho a la libertad.
Cabe señalar que, aunque no se establecieron ni medidas de aseguramiento en este caso, los implicados continúan vinculados al proceso a través de la imputación de cargos. Con lo cual, deberán atender las solicitudes que haga la Fiscalía y la propia justicia, respecto a este proceso. Donde están establecidos los delitos y las conductas que le fueron endilgadas. Entre tanto, podrán establecer su defensa por medio del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo.
COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.