09/08/2023

Economía

Procesaron a Chano Moreno Charpentier por abuso sexual agravado

El juez Luis Alberto Schelgel, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional 60, procesó sin prisión preventiva a Santiago "Chano" Moreno Charpentier por el abuso sexual de quien entonces era su novia, Militta Bora, hecho ocurrido en agosto de 2016 en el departamento que ambos compartían en el barrio porteño de Saavedra. De esta manera, se encontró a Chano autor del delito de "abuso sexual agravado por haber sido cometido mediante acceso carnal", en perjuicio de Mili Gabriela Belén Bora, y le trabó un embargo por $ 704.70.


El magistrado determinó que fuera sin prisión preventiva al señalar que "no se observan riesgos procesales", que el imputado no tiene "antecedentes penales" y siempre estuvo "a derecho" en la causa.

De acuerdo con la denuncia de la víctima, en agosto de 2016, ocurrió una discusión entre la pareja luego de que Chano consumiera estupefacientes, lo que lo volvía "paranoico y violento". Horas después, cuando pasaron los efectos de la droga, el imputado abusó sexualmente de ella en la habitación.

En el fallo, el juez Schelgel indicó que "inicialmente, cabe advertir que la verosimilitud de la imputación formulada por Bora está acreditada a partir, fundamentalmente, de un contexto convictivo conformado por varios elementos probatorios que revelan, al menos en clave de probabilidad positiva, que los hechos ocurrieron tal como fueron denunciados. En un caso de tenor sexual como este, que se comete en determinadas y particulares situaciones en las que el autor procura intimidad con su víctima para asegurarse que nadie está observando su asedio o su ataque, el relato de la querellante cobra especial relevancia tanto porque lo expuso y ratificó en distintas dependencias".

La también cantante declaró bajo juramento ante la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y ante dos fiscalías penales distintas, en las cuales "invariablemente, describió y documentó, la violencia verbal y física de Moreno Charpentier y particularmente, cómo la sometió sexualmente a pesar de su negativa". Cabe mencionar que el juez también tuvo en cuenta el informe del Departamento de Psicología del Cuerpo Médico Forense y el testimonio de tres testigos, uno de ellos de la madre de la víctima.

"Este hecho se enmarca en un claro contexto de violencia de género, entendido como una acción que constituye una manifestación de la violencia de género basada en la discriminación de las mujeres, es decir, que se produjo en un contexto de dominación o de control general coercitivo. El contexto de agresión y malos tratos relatado por la denunciante, como se dijo, fue corroborado por varios testigos", añadió el juez. Asimismo, sostuvo que se pudo reconstruir la existencia de "violencia física" para que Chano cometiera el abuso, a partir de "las lesiones de las que dan cuentas las fotos agregadas al sumario que, según Bora, fueron inferidas cuando el imputado le 'marcó los brazos' para anular su resistencia y obligarla a tener sexo".

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